Respuestas que no convencen

Category: Destacados Published: Thursday, 16 April 2015 Written by SICA Opinión

El Ministerio de Fomento sigue negando una titulación, con la formación que ello conlleva, a los Técnicos de Operaciones tanto de aeropuertos como de Navegación Aérea. Ese podría ser el resumen de la respuesta dada por el ministerio a la solicitud hecha por el Sindicato Independiente de Colectivos Aeronáuticos (SICA), miembro de la Confederación de Sindicatos Profesionales Aéreos (CSPA) y presentada en el Congreso de los Diputados por medio del diputado del Grupo Socialista Rafael Simancas:

No se considera necesario regular ningún título profesional específico para los Técnicos de Operaciones Aeronáuticas y Aeroportuarias. Siempre que el gestor aeroportuario acredite para dichos Técnicos la superación de cursos o entrenamientos específicos mediante un certificado de formación expedido por centros de formación habilitados, se considera suficiente, ya que se trata de profesiones o funciones aeronáuticas de carácter auxiliar, cuyos requisitos exigibles para su desarrollo, en coherencia con la normativa comunitaria de referencia, tampoco exige la posesión de un título o autorización específicos para ello.”

Pero el ministerio en su respuesta olvida, por no decir que contraviene, la Ley de Navegación Aérea en su artículo 58, en el cual se requiere para el personal aeronáutico de tierra (técnicos y auxiliares de aeropuerto, aeródromo e instalaciones que apoyen directamente a la navegación aérea), que ” …para el ejercicio de cualquier función técnica propia de la navegación aérea será necesario el título que faculte específicamente para dicha función, además del cumplimiento de las condiciones que reglamentariamente se determinen por las disposiciones europeas e internacionales” [sic].

Sin olvidar la Ley de Seguridad Aérea que textualmente apunta: "Sólo se podrán ejercer las funciones y realizar las actividades propias de cada clase de personal aeronáutico, cuando se esté en posesión de un título habilitante, válido y eficaz, para ello".

La normativa internacional, tanto de OACI como de Eurocontrol, requiere titulación aeronáutica para todo el personal de gestión del tránsito aéreo, puesto que la seguridad aérea también depende de ellos,  es más, Eurocontrol fija en sus reglamentos para todo el personal “…que se abstengan de llevar a cabo tareas para las cuales no estén convenientemente instruidos y cualificados” [sic].

Fue en el año 2012 cuando el Defensor del Pueblo interpelado por el Sindicato Independiente de Colectivos Aeronáuticos (SICA), recomendaba al Ministerio de Fomento a través de su Secretaría de Estado, que debería comenzar el trámite para la aprobación de la correspondiente norma reglamentaria.

Sin olvidar la proposición no de ley sobre el reconocimiento de la titulación de Técnico en Operaciones Aeronáuticas y Aeroportuarias, propuesta por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida en mayo del año 2002 a instancias de APROAA (Asociación Profesional de Operaciones Aeronáuticas y Aeroportuarias).

También cabe destacar que desde que la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) delegó en Aena la formación de su personal, AESA se ha desentendido de la calidad de dicha formación, y la formación recibida por los Técnicos de Operaciones no está siendo pareja al incremento de complejidad en la regulación del sector aéreo, formación solventada a día de hoy, con recurrentes e ineficaces cursos “on line”.

La respuesta del Ministerio de Fomento deja patente su desconocimiento de los pormenores del sector y su falta de valoración del trabajo que hacen los Técnicos de Operaciones, personal indispensable para el normal desarrollo de las operaciones diarias del tráfico aéreo, y lo que es peor, es una respuesta que no convence a nadie.

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