Uno por ciento

Category: Destacados Published: Sunday, 12 June 2016 Written by SICA News

Con fecha 09 de junio de 2016, la representación de Aena S.A. y ENAIRE, han acordado firmar el incremento salarial previsto en la LPGE-2016 de un 1%, e informar a sus empleados sobre aspectos relacionados con las jubilaciones parciales, las Fichas de Ocupación, el Sistema de Gestión del Desempeño, la Formación y la Convocatoria de Provisión Externa e Interna.

Con efectos de 1 de enero de 2016 todos los conceptos retributivos experimentarán un incremento del 1%, a excepción de las retribuciones a que se refieren las siguientes disposiciones del I Convenio Colectivo del Grupo Aena que continuarán con los valores correspondientes a 2015, debido a que las mismas se encuentran congeladas: Disposiciones adicionales 6 y 10, y Disposiciones transitorias 3, 4, 5 y 6, y los complementos personales de Indemnización por Residencia y de Ayuda Familiar.

De igual forma, las indemnizaciones por comisión de servicio se mantendrían con las cuantías correspondientes a 2015, en tanto no se modifique la normativa específica establecida para el conjunto de empleados públicos, tal como recoge el artículo 24.5 de la LPGE-2016.

Asimismo, se propone que la masa salarial correspondiente a la retribución variable del Sistema de Gestión del Desempeño, recogida en el artículo 134 del I Convenio Colectivo del Grupo Aena, y que no ha sufrido variación entre los años 2011 y 2015, se incremente en un 1%, tal como recoge el artículo 24.3 de la LPGE-2016.

Dado que la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016 lo posibilita, mediante el sistema de un cupo de contratación temporal de carácter anual coincidente con el ejercicio presupuestario, la empresa y la representación sindical, hemos acordado reactivar las peticiones de jubilación parcial que se cursen a tenor de lo establecido en el citado Anexo III con arreglo a las siguientes circunstancias:

a) El acceso se iniciará en el año 2016, una vez que se autorice el correspondiente cupo de contratos temporales para este fin, manteniéndose dichas condiciones hasta 1 de Enero de 2019.

b) El reconocimiento del derecho estará supeditado al cumplimiento de dos condiciones indispensables:

a. el cupo de contratación temporal bajo la modalidad de contrato de relevo autorizado anualmente sea suficiente para la concesión de las solicitudes formuladas.

b. a la posibilidad de cobertura de la plaza a través de las bolsas de candidatos en reserva.

Una vez autorizado el cupo, se abrirá un plazo de un mes, para que todos aquellos trabajadores que cumplan los requisitos para poder acceder a la jubilación parcial en 2016, lo soliciten.

Así mismo, y para la previsión de cupo para años posteriores, las solicitudes para el 2017 deberán cursarse antes de finalizar 2016; y aquellos trabajadores interesados en acceder a la jubilación parcial en 2018, deberán solicitarlo en el último cuatrimestre de 2017.

En caso de que el cupo autorizado por el Ministerio no fuera suficiente para atender todas las solicitudes de jubilación recibidas, se acuerdan los siguientes criterios de preferencia en la concesión de las jubilaciones parciales que se soliciten por parte de los trabajadores:

1º Edad del trabajador solicitante.

2º Antigüedad en el grupo Aena de los trabajadores solicitantes.

3º Mayor tiempo de cotización en la Seguridad Social de los trabajadores solicitantes.

4º Si algún trabajador viera denegada su solicitud en 2016, tendrá preferencia sobre el resto de trabajadores en el 2017 y sucesivamente.

Así misma se acuerda iniciar las reuniones y negociación referente a los siguientes aspectos fundamentales:

Revisión de las Fichas de Ocupación (FO)

Revisión de las FO que proceda, tanto de Aena, S.A., y ENAIRE, a la realidad actual.

Sistema de Gestión del Desempeño

Este sistema requiere de una evolución tanto de los aspectos retributivos ligados al mismo, como en cuanto a los objetivos ligados a su consecución.

Formación

La formación constituye uno de los sus ejes estratégicos en ambas empresas y va a exigir en los próximos años seguir avanzando para la consecución de los objetivos a los que se orienta: adaptación y capacitación del personal a los nuevos requerimientos tecnológicos, al desarrollo profesional de los trabajadores.

Por tal motivo, es necesario desarrollar la formación en el futuro dentro del Grupo Aena para satisfacer dichos objetivos, desarrollando en la medida de lo posible la formación interna, con el fin de consolidar el Know How de las empresas del Grupo y sus trabajadores.

Convocatoria de Provisión Interna y Externa

Una vez finalizada la promoción externa de fecha 20 de octubre 2015 se convocarán dos provisiones internas, una para Aena y otra para Enaire si bien podrá participar cualquier empleado del grupo Aena que cumpla los requisitos.

Durante el primer cuatrimestre de 2017 se prevé una convocatoria externa de niveles A y B”.

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