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Acuerdo ATIS entre Aena y Aena Aeropuertos
Con la entrada en funcionamiento del sistema D-ATIS (ATIS Digital) en aquellos aeropuertos en donde se disponía de ATIS convencional (Servicio de Información del Área Terminal), Navegación Aérea ha elaborado un Manual de Servicio ATIS en el cual actualiza responsabilidades, eliminando las actuales funciones de los Centros de Operaciones de aeropuerto en su desempeño.
Siguiendo instrucciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), que considera al ATIS como un Servicio de Tránsito Aéreo, el nuevo Manual limita la introducción de información en el sistema, única y exclusivamente al personal ATC de las Torres de Control (TWR), eliminando el acuerdo existente entre Aeropuertos y Navegación Aérea, por el cual y hasta la fecha, las funciones eran compartidas entre el personal de TWR, y el de los Centros de Operaciones de aeropuertos.
El Servicio de Información del Área Terminal (ATIS) data de mediados de los años 80’ cuando se empezó a implantar en los principales aeropuertos nacionales, y su Servicio dependía de las Oficinas COM/AIS. Más adelante, en el año 1.997, con la llegada de su automatización, se desdoblaron las responsabilidades entre los Centros de Operaciones, ya con las funciones de las Oficinas COM/AIS asumidas, y las Torres de Control.
Con este nuevo procedimiento, que entrará en vigor el próximo mes de abril, el ATIS dejará de ser una función compartida de los Centros de Operaciones de aeropuerto, y a su vez suprimida, ante una consideración de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y una decisión de Aena Aeropuertos SA (AASA).
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