La ITSS falla en contra de Aena Aeropuertos SA

Category: Últimas Noticias Created: Monday, 13 February 2012 Last Updated: Monday, 13 February 2012 Published: Monday, 13 February 2012 Written by SICA News

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha requerido a Aena Aeropuertos SA (AASA) para que, "en el plazo de 10 días se proceda a la contratación a través de la figura contractual que considere oportuna”, de las vacantes dejadas por los nueve Técnicos de Operaciones pertenecientes al aeropuerto de Madrid/Barajas y en situación de excedencia especial en la empresa Ineco.

La resolución y requerimiento de la Inspección, acredita el incumplimiento por parte de AASA del I Convenio Colectivo del Grupo Aena, en vigor desde el pasado 20 de diciembre de 2011, y le requiere contratar el personal necesario para suplir a los Técnicos de Operaciones que tras pedir una excedencia especial pasaron a la empresa Ineco, con el objeto de comenzar el curso del Servicio de Dirección de Plataforma (SDP) en Senasa. En el citado Convenio, se especifica en el punto 3b del Anexo VII, acuerdo de garantías laborales, que “se debe fijar como plantillas mínimas, las plantillas actualmente existentes con su dotación y distribución".

Tras la marcha de los nueve Técnicos de Operaciones, y al tenerse que modificar los cuadrantes de servicio por tal razón, la Inspección lo ha considerado un incumplimiento del vigente Convenio Colectivo, profundizando aún más, recordando que el citado punto 3b del preacuerdo firmado en marzo del año pasado, obligaba a AASA a una negociación anterior al hecho causante, al decir que ambas partes se comprometían a "abordar la negociación en su necesaria adaptación conforme, entre otras, a la previsible evolución de las cargas de trabajo".

Por todo ello, la ITSS concluye que AASA debe sustituir a los nueve Técnicos de Operaciones del aeropuerto de Madrid/Barajas en el plazo de diez días, y en el caso de que los responsables de AASA incumplieran el requerimiento, podrán ser sancionados como marca la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Buena noticia, pero aún queda camino por andar.

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