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Otra sentencia favorable
Los trabajadores de Enaire y Aena Aeropuertos S.A. estamos de enhorabuena, y para aquellos que aún tenían y sembraban dudas, de nuevo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha vuelto a dar la razón al Sindicato Independiente de Colectivos Aeronáuticos (SICA),miembro de la CSPA, y con fecha 21 de septiembre de 2015 ha comunicado a Enaire que ha incumplido el acuerdo de desconvocatoria de huelga suscrito en marzo de 2004, adoptando decisiones en contra del Convenio Colectivo al permitir que personal de Senasa realizara funciones de Pseudopiloto en el simulador del Centro de Control de Madrid.
Además ahora, les comunica expresamente la obligatoriedad de cubrir dichas funciones con personal propio, señalando que contra este auto no cabe recurso alguno y condenando a Enaire a pagar las costas tal y como dice la sentencia:
“Que debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de la Confederación de Sindicatos Profesionales Aéreos (CSPA) contra la sentencia de 7 de noviembre de dos mil catorce dictada por el Juzgado de los Social número 10 de Madrid, en autos nº 1365/2013, en virtud de la demanda formulada por el recurrente contra la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos y Navegación Aérea y Aena Aeropuertos S.A. y declaramos la vulneración por parte de Aena del referido acuerdo de 4 de marzo de 2004, al externalizar la ocupación de “Pseudopiloto” contenida en el catálogo de ocupaciones del Anexo I del I Convenio Colectivo del Grupo Aena y en su consecuencia se declara la obligatoriedad de cubrir dichas funciones con personal propio, con imposición de costas a la recurrente incluidos los honorarios del letrado impugnante”.
Enaire podrá o no acatar la sentencia y seguir a corto plazo en sus trece, pero aunque no lo reconozca, sabe que se ha excedido en sus decisiones, que tiene que enmendar la decisión tomada y aceptar la solución que en solitario ya les propuso SICA y la CSPA en 2012. Fuimos los únicos que nunca miraron hacia otro lado y acabamos denunciando, mientras los sindicatos que componen la Coordinadora Sindical Estatal (CSE) acataban lealmente, probablemente a cambio de otros intereses.
Para nosotros es una satisfacción sentir que el TSJM nos da la razón cuando afirmamos que Enaire se ha extralimitado a la hora de contratar a una empresa externa para hacer funciones que se pueden hacer en propio. Pensamos que con una buena organización, el servicio de Pseudopiloto se puede hacer mejor además de ser más rentable.
Y ahora los trabajadores deberíamos recordar a la dirección de Enaire que los acuerdos están para cumplirse por ambas partes, no sólo por la parte de los trabajadores, además de exigir responsabilidades a quienes adoptaron decisiones injustas a sabiendas, sin olvidar a los que miraron a otro lado permitiéndolas. Pero por desgracia, a estos niveles jerárquicos se les suele recolocar en otros puestos con similar o superior remuneración.
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