Aviso a Navegantes

Category: Últimas Noticias Created: Wednesday, 18 April 2012 Last Updated: Wednesday, 18 April 2012 Published: Wednesday, 18 April 2012 Written by SICA Opinión

Señora Ministra de Fomento, le agradecemos su detallada explicación en la pasada Comisión de Fomento de fecha 28 de marzo de 2012, a las preguntas de la portavoz del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Aún así, permita que le digamos que no podemos estar de acuerdo con su exposición sobre el tema de la no publicación de NOTAM en el caso del conflicto del aeropuerto de Madrid/Barajas.

Según palabras suyas, “En el caso del sistema de dirección de plataforma, no se hizo porque no tenía impacto en lo que se conoce como operación, sino que se cambió a los recursos que hacían ese trabajo. En esos casos no es requisito, según normativa comunitaria, el NOTAM”

Señora Ministra, entonces, ¿Porqué se nombraron servicios mínimos?, algún impacto debió ver la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) en la convocatoria de huelga, cuando nombró unos servicios mínimos para que todo funcionara correctamente, con lo cual su Ministerio temía algún serio problema en el normal funcionamiento de los servicios, problema el cual, es requisito según normativa internacional el informarlo mediante la publicación de NOTAM.

Resumiendo, tenemos una declaración de huelga, unos servicios mínimos declarados ante un “impacto que no afectaba a la operación” y la no publicación de NOTAM. Entonces, ¿Realmente era necesario nombrar servicios mínimos en este caso?.

Volvemos a preguntar, ¿Porqué se nombraron servicios mínimos si la huelga, según palabras suyas no afectaba a la operación?. Nos tememos que si se nombraron, fue porque los paros sí afectaban a la operación y sinceramente creemos que no, que en este caso no se cumplieron los requisitos que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) dicta en cuanto a la difusión de información aeronáutica.

Bien lo dice la palabra NOTAM, acrónimo inglés de Notice to Airmen, y su definición en la Publicación de Información Aeronáutica de nuestro país (AIP-España): “Aviso que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualesquier instalación, servicio, procedimiento o peligro aeronáuticos que es indispensable conozca oportunamente el personal que realiza operaciones de vuelo”.

Bien lo dice, pero que pena que en este caso que nos trata no se cumpla.

Señora Ministra, esperando que pronto le llegue esta información, también enviada por otros medios, reciba un afectuoso saludo de parte del Sindicato Independiente de Colectivos Aeronáuticos (SICA), sindicato miembro de la Confederación de Sindicatos Profesionales Aéreos (CSPA).

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