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¿Dejan de ser públicos los empleados de Aena?
La pregunta que lanzamos al viento viene en relación con la publicación del RDL 11/2011 de 26 de agosto, por el que se crea la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria, se regula su composición y funciones, y se modifica el régimen jurídico del personal laboral de Aena. Y este último epígrafe sobre la “modificación del régimen jurídico del personal laboral de Aena”, metido con calzador en un RDL que se publica con motivo de la creación de la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria, es lo que nos ha llamado la atención.
¿Qué significado tiene esto?, ¿Qué significa modificar el régimen jurídico del personal laboral de Aena?, ¿No se suponía que el personal de Aena, seguía manteniendo su condición de Empleado Público?, entonces, ¿Para qué se modifica?, ¿Para poder encajar el rompecabezas que se generó con la creación del I Convenio Colectivo de Grupo Aena, a la sazón V Convenio Colectivo, en donde había que encajar las piezas de los empleados de Aena, Aena Aeropuertos S.A. y futuras filiales?, o tal vez para escapar de las garras de la CECIR, lo cual implica dejar de depender de Presupuestos Generales del Estado y por tanto, dejar de lado la condición de Empleado Público .
No le vemos ningún otro sentido más a este RDL, sino el de que los empleados de Aena, salvo los controladores de tránsito aéreo adscritos, pues así lo especifica el mismo, dejen de mantener su condición de Empleado Público, para poder tener a todos los empleados del Grupo Aena juntos bajo un único Convenio, bajo el mismo yugo y bajo las mismas flechas.
O a lo mejor todo esto implica que todos los trabajadores del Grupo Aena seguimos siendo empleados públicos, pero esto último, ¿Quién se lo cree?. De todas formas el Informe de la Abogacía del Estado, de fecha 1 de julio de 2010 y publicado en esta web, ya preveía esta situación.
No hay peor ciego que el que no quiere ver.
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